EJEMPLO 1
La empresa DELTA S.A. (PYME) se dedica a la venta de un determinado producto. Contabilizar las siguientes operaciones:
1) Con fecha 10/03/20X0 emite una factura de venta a la empresa GOMEZ, SL. Los detalles de ésta:
N.º Fra. 213
Importe mercancías 9.500,00
Cuota IVA 21% 1.995,00
Total factura 11.495,00
La fecha de cobro será en 2 meses (10/05/20X0)
2) El día del vencimiento el cliente no paga y la empresa DELTA requiere notarialmente a GOMEZ SL
3) Seis meses después, se realiza la factura rectificativa y se contabiliza. Dicha factura rectificativa junto con el requerimiento notarial es presentada en la Agencia Tributaria y en el domicilio del deudor para la recuperación del IVA Repercutido.
SOLUCIÓN
1) A 10/03/20X0, la factura de venta:
Cuenta | Concepto | Debe | Haber |
430 Clientes | Fra. N.º 213 GOMEZ SL | 11.495,00 | |
700 Ventas de mercaderías | Fra. N.º 213 GOMEZ SL | 9.500,00 | |
477 HP IVA Repercutido | Fra. N.º 213 GOMEZ SL | 1.995,00 |
El IVA Repercutido anterior es declarado e ingresado por la empresa en la liquidación del primer trimestre de 20X0
2) 10/05/20X0. Vencimiento de la factura, el cliente no paga, se reclasifica como dudoso cobro y se contabiliza el deterioro del crédito:
Cuenta | Concepto | Debe | Haber |
436 Clientes de dudoso cobro | Reclasificación cliente Fra. N.º 213 | 11.495,00 | |
430 Clientes | Reclasificación cliente Fra. N.º 213 | 11.495,00 | |
694 Pérdidas por deterioro de créditos por operaciones comerciales | Reclasificación cliente Fra. N.º 213 | 11.495,00 | |
490 Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales | Reclasificación cliente Fra. N.º 213 | 11.495,00 |
3) La modificación deberá realizarse en el plazo de los tres meses siguientes a la finalización del periodo de seis meses o un año a que se refiere la condición 1.ª anterior y comunicarse a la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo que se fije reglamentariamente.
Cuenta | Concepto | Debe | Haber |
477 HP IVA Repercutido | Fra. rectificativa modif. IVA | 1.995,00 | |
436 Clientes de dudoso cobro | Fra. rectificativa modif. IVA | 1.995,00 | |
490 Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales | Fra. rectificativa modif. IVA | 1.995,00 | |
794 Reversión del deterioro de créditos por operaciones comerciales | Fra. rectificativa modif. IVA | 1.995,00 |
El deterioro de valor lo teníamos contabilizado por la total factura y, al haber presentado la modificación del IVA, deshacemos dicho deterioro por el importe del IVA.
En la siguiente autoliquidación de IVA, la empresa podrá restar 1.995 € de su IVA Repercutido
4) Se mantiene el crédito de 9.500 € y la provisión (deterioro) por la posibilidad de que se produzca el cobro.